SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0003/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, alegan encontrarse injustamente detenidos, por cuanto en el proceso penal que sigue el Ministerio Público en su contra, transcurrieron once meses sin que se hubiera presentado acusación formal, pese a que el Fiscal de Distrito fue conminado por el Juez de la causa; solicitada la extinción de la acción penal, no obtuvieron ninguna respuesta del Juez, motivo por el cual se encuentran injustamente detenidos. Por consiguiente, corresponde analizar, en revisión, si en el caso presente la presunta vulneración al debido proceso se encuentra vinculada con el derecho a la libertad y si la extinción de la acción penal a la conclusión de la etapa preparatoria opera de forma tácita, a efectos de otorgar o no la tutela reconocida por la acción de libertad.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- La protección que brinda la acción de libertad -antes recurso de hábeas corpus- en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción; en los demás casos, las lesiones al debido proceso deben ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley, y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del amparo constitucional, como medio idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso;
- III.3. Extinción de la acción penal a la conclusión de la etapa preparatoria
- III.4. Análisis del caso concreto