SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

1)

La abogada de la parte accionante ampliando los términos de la acción planteada refirió: 1) Su defendido de 30 años de edad se encuentra procesado desde el año 2005, sin que a la fecha se haya iniciado el juicio y estando detenido durante más de tres años, recién recupero su libertad; 2) La dilación del proceso no fue atribuible a él, estando presente en todo llamado del Tribunal para su constitución del tribunal e inicio del juicio; 3) Han transcurrido más de 3 años y de acuerdo al art. 133 del CPP, en diciembre de 2008, plantearon la extinción de la acción, siendo reiterada en febrero de “2009” no habiéndose pronunciado el Tribunal, correspondiendo a este declarar la extinción de oficio; y, 4) Probablemente el Tribunal se refiere a que aún no está procesado indebidamente, siendo claro el art. 133 del citado Código, pasado este año es un proceso indebido.