SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0006/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
a)
Carlos Blanco Quisbert, Juez Técnico del Tribunal Quinto de Sentencia, en su informe prestado en audiencia indicó: a) El cuaderno al que hace referencia la defensa por imposibilidad de conformación de tribunal fue remitido al Tribunal Sexto de Sentencia el 10 de febrero de 2009; b) No recuerda que se hubiese planteado la extinción; y, c) Constituido el Tribunal con Jueces Ciudadanos es el Pleno que debe resolver los incidentes y excepciones, en el proceso se ha constituido Tribunal con Jueces Ciudadanos los que inasistieron a las audiencias de juicio oral; consecuentemente por recomendación de la Presidencia y los Jueces de los Tribunales de Sentencia, de que a la inasistencia de jueces ciudadanos, se debe agotar con el último listado, y es lo que se hizo su tribunal motivo por el cual se remitió el proceso.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Los atentados a las reglas del debido proceso en los cuales no exista una relación entre el acto considerado lesivo y el derecho a la libertad suprimido o restringido, están llamados a ser resguardados por la acción de amparo constitucional,
- III.2. Análisis del caso en concreto
- Fragmento 11
- APROBAR