Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0023/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante alega vulnerados sus derechos a la libertad y a la presunción de inocencia, debido a que el 15 de abril de 2008, el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, resolvió conceder la cesación de la detención preventiva y como entre otras medidas sustitutivas impuso una fianza económica; misma que en varias audiencias fue objeto de modificaciones; sin embargo, en la última modificación de la fianza económica, al establecer la suma de Bs5000.-, monto que según el accionante, es de imposible cumplimiento. Por lo afirmado, corresponde determinar, en revisión, si debe o no brindarse tutela en el caso concreto, tarea que será realizada a continuación.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- En consecuencia, en los supuestos en que la norma procesal ordinaria de manera específica prevea medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado, estos deben ser utilizados, previamente, circunstancia en la que excepcionalmente, el recurso de habeas corpus operará de manera subsidiaria
- c)
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- APROBAR