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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2011-R

    Fecha: 07-Feb-2011

    Fragmento 9

             La acción de libertad prevista por el art. 125 de la CPE, es consagrada por la Ley Fundamental como una acción tutelar a la que “Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal…”, podrá interponerla  ya sea de manera oral o escrita, ante un juez o tribunal competente en materia penal.

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 9
    • debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria
    • Primer supuesto:
    • Fragmento 12
    • III.2. Análisis del caso de autos
    • APROBAR

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