SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0044/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0044/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

“improcedente”

Mediante la Resolución 21/2009 de 18 de marzo, cursante de fs. 17 a 18, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, declaró “improcedente” la acción de libertad, en base a la siguiente fundamentación: 1) El accionante goza de libertad; 2) Por el informe del Juez demandado se tiene que el proceso se encuentra en el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, por lo que existe acusación; consiguientemente, no hay persecución ilegal, quedando establecido por el Tribunal Constitucional que se da el procesamiento indebido o ilegal cuando el juez o tribunal vulneran el debido proceso, aspecto que no ocurre en el caso de autos; y, 3) La solicitud de extinción de la acción penal fue providenciada, por lo que el accionante debe acomodar su pretensión a procedimiento.