Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0064/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
II.6.
II.6. Por Auto de 25 de marzo de 2009, el Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Pando, determinó no ha lugar a la reposición planteada y ratificó la providencia de 17 de ese mes y año, disponiendo la continuación del proceso conforme lo solicitado por el nuevo Fiscal asignado al caso (fs. 4).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- se presenten en forma concurrente
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR