Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.3.
II.3. A fs. 15, cursan las notificaciones efectuadas al representado de la accionante, al Juez Técnico demandado y a los dos Jueces Ciudadanos, como efecto de la Resolución 169/2009 de 17 de marzo, emitida por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que dispuso se remitan los antecedentes que motivan la acción, el informe de ley y el ofrecimiento de pruebas; así también, señaló audiencia para el 20 de mayo de 2009 a horas 9:30.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 11
- en tanto no se contraponga a la Constitución Política del Estado
- se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad'
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- no pueden ser compulsadas por vía de esta acción tutelar, por cuanto no constituyen el origen o causa para la restricción del derecho a la libertad física o de locomoción del accionante
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR