SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0081/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
III.4. Análisis del caso concreto
En este sentido y según informan los datos del proceso como el informe de la autoridad demandada, es aplicable la jurisprudencia citada en los Fundamentos Jurídicos III.2. y III.3., de la presente Sentencia, constatándose la inconcurrencia de los presupuestos establecidos en los mismos, para que mediante la presente acción constitucional, se tutele el debido proceso, toda vez que, el acto supuestamente lesivo denunciado anteriormente, no se encuentra vinculado con la libertad como causa directa para su restricción o supresión. Estos presupuestos que deben concurrir simultáneamente, están ausentes en la presente problemática; y los atentados a las reglas del debido proceso en los cuales no exista una directa relación causa-efecto entre el acto considerado lesivo y el derecho a la libertad suprimido o restringido, están llamados a ser resguardados por la acción de amparo constitucional, siguiendo sus propios requisitos procesales de validez; razón por la cual, la extinción de la acción penal ahora alegada, es un aspecto que atañe al debido proceso, que no está vinculado directamente con el derecho a la libertad antes referida.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 11
- en tanto no se contraponga a la Constitución Política del Estado
- se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad'
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- no pueden ser compulsadas por vía de esta acción tutelar, por cuanto no constituyen el origen o causa para la restricción del derecho a la libertad física o de locomoción del accionante
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR