SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0098/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0098/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

improcedente

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Tribunal de garantías mediante Resolución 206/09 de 21 de marzo de 2009, cursante de fs. 17 a 18, declaró improcedente la acción de libertad bajo los siguientes fundamentos: 1) Conforme a la SC “421/07” la solicitud de extinción de la acción penal, debe ser resuelta por el Tribunal de Sentencia conformado tanto por los jueces técnicos y como por los ciudadanos; y, 2) Las autoridades demandadas no pudieron constituir el Tribunal con los jueces ciudadanos, ya que conforme al “art. 115 párrafo II” (sic), se debe garantizar el debido proceso, la defensa y la justicia oral, pronta, oportuna y transparente, sin dilaciones; sin embargo, en el caso presente no existe procesamiento indebido, ni persecución indebida, toda vez que el representado del accionante se encuentra procesado con acusación formal por tentativa de homicidio, gozando de libertad bajo medidas substitutivas.