SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0103/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Al recibir una citación de parte de la policía, a denuncia efectuada por Víctor Rodríguez Vidal, por supuesto incumplimiento de contrato de compra-venta de un motorizado, acudió a dicha institución el 16 de abril de 2009, a horas 9:00, momento en el que fue detenido por el funcionario policial ahora demandado, con el argumento que habría cometido un “fraude grave” y que iría a la cárcel de forma inmediata, siendo a la vez amenazado, que en caso de no devolver el dinero recibido más daños y perjuicios en el doble, sería trasladado a la Fiscalía de Punata, por estafador.
Refiere que, fue detenido en celda del calabozo de dicha Unidad por el lapso de una hora y media, de forma ilegal y arbitraria, sin ningún mandamiento de autoridad competente; ocasionándole graves perjuicios, que en su condición de panificador tenía a su cargo en ese horario repartir el pan a todas las escuelas, es más no se le permitió comprar una tarjeta de recarga para celular para comunicarse con su abogado.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe del funcionario demandado
- “improcedente”
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza del arresto y los presupuestos que dan lugar a su aplicación
- arresto por parte de funcionarios de la Policía, no es ilegal ni indebido tratándose de contravenciones policiales, dado que como se tiene referido, la Policía por mandato de la Constitución Política del Estado tiene facultad para preservar el orden público, cuando éste pretende ser alterado por una persona rebasando la autoridad de los efectivos policiales
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR