Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0103/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.1.
II.1. Del memorial de acción de libertad presentado el 16 de abril de 2009, a horas 15:00, el accionante señala que se hizo presente en dependencias de la Policía, a denuncia de Víctor Rodríguez Vidal, por supuesto incumplimiento de contrato de compra-venta de un vehículo, momento en el que Salvador Panozo, funcionario policial de la localidad de Arani, lo detuvo por espacio de una hora y media en un calabozo de dicha institución, sin una orden de autoridad competente, acto que vulnera su derecho a la libertad de locomoción (fs. 1 y vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe del funcionario demandado
- “improcedente”
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza del arresto y los presupuestos que dan lugar a su aplicación
- arresto por parte de funcionarios de la Policía, no es ilegal ni indebido tratándose de contravenciones policiales, dado que como se tiene referido, la Policía por mandato de la Constitución Política del Estado tiene facultad para preservar el orden público, cuando éste pretende ser alterado por una persona rebasando la autoridad de los efectivos policiales
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR