Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0103/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
I.2.2. Informe del funcionario demandado
El funcionario policial demandado, Salvador Panozo en audiencia, a través de su abogado, señaló que el tenor “íntegro de la demanda es falso”, por cuanto el accionante al haber sido citado a la institución policial a denuncia efectuada por Víctor Rodríguez Vidal, éste empezó a “pelear” en la oficina, razón por la cual su defendido lo trasladó a otro ambiente, y no así a un calabozo, y que tampoco es cierto que no se le hubiese dejado comunicar con su abogado, porque cuando el profesional llegó a dichas dependencias, el accionante se encontraba libre.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe del funcionario demandado
- “improcedente”
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La naturaleza del arresto y los presupuestos que dan lugar a su aplicación
- arresto por parte de funcionarios de la Policía, no es ilegal ni indebido tratándose de contravenciones policiales, dado que como se tiene referido, la Policía por mandato de la Constitución Política del Estado tiene facultad para preservar el orden público, cuando éste pretende ser alterado por una persona rebasando la autoridad de los efectivos policiales
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR