SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0130/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, alegan la vulneración de los derechos de su representado a la igualdad, a la “seguridad jurídica” y de las garantías al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, puesto que las autoridades demandadas no hubiesen actuado de acuerdo a procedimiento debido a que no se hizo una convocatoria enmarcada dentro de las normas legales a los jueces técnicos que intervinieron en este caso y no se puso en conocimiento de las partes dichos actos para -si correspondía- plantear excusa y/o recusación contra los Jueces Técnicos, ahora demandados, solicitando dejar sin efecto la Resolución 251/2008, emitida por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz. Por consiguiente, corresponde en revisión dilucidar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- la parte
- Fragmento 17
- no reclamó oportunamente
- APROBAR