Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0133/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
funcionario activo o pasivo, como es el caso, pues -además- el aguinaldo constituye un derecho que el trabajador y/o funcionario ha adquirido por la prestación de servicios.
Este Tribunal a través de su jurisprudencia, como ser las SSCC 0572/2010-R, 0062/2005-R, 1612/2003-R y 0070/2005-R, entre otras, señaló que: “…consiste en la potestad o facultad que tiene toda persona de recibir una retribución o contraprestación adecuada conforme al trabajo desarrollado, es decir, un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor…”, aclarando que: “remuneración”, engloba a todos los emolumentos que percibe una persona, sea en su condición de trabajador y/o funcionario activo o pasivo, como es el caso, pues -además- el aguinaldo constituye un derecho que el trabajador y/o funcionario ha adquirido por la prestación de servicios.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Agotamiento de las vías ordinarias de reclamo
- III.3. Derecho a una remuneración justa
- funcionario activo o pasivo, como es el caso, pues -además- el aguinaldo constituye un derecho que el trabajador y/o funcionario ha adquirido por la prestación de servicios.
- III.4. Derecho a percibir aguinaldo navideño
- III.5. Análisis del caso concreto