Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0133/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.4.
II.4. El 22 de enero y 12 de febrero de 2009, mediante memoriales presentados ante la Dirección Departamental del Trabajo, el accionante por sus mandantes, denunció el incumplimiento del pago de los aguinaldos navideños de la gestión 2008, al ser un derecho irrenunciable e inembargable y al igual que la autoridad demandada, no fueron respondidas hasta la fecha de presentación de la presente acción, incumpliendo de esta forma la Ley de 18 de noviembre de 1944 y la Resolución Suprema 712/03 de 20 de noviembre de 2003 (fs. 73 a 74 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Agotamiento de las vías ordinarias de reclamo
- III.3. Derecho a una remuneración justa
- funcionario activo o pasivo, como es el caso, pues -además- el aguinaldo constituye un derecho que el trabajador y/o funcionario ha adquirido por la prestación de servicios.
- III.4. Derecho a percibir aguinaldo navideño
- III.5. Análisis del caso concreto