SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0161/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0161/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

III.4. Análisis del caso concreto

El accionante en lo principal, señala que se recusó a los Jueces del Tribunal Quinto de Sentencia y siguiendo el procedimiento previsto por el art. 320 del CPP, se remitió obrados en consulta al Tribunal Sexto de Sentencia; Tribunal al cual se ha solicitado audiencia para considerar la cesación de la detención preventiva de su representado; pero a la fecha de interposición de la presente acción no resolvieron la petición referida.

Según informan los antecedentes del proceso, se constata que en mérito de una recusación planteada a los Jueces del Tribunal Quinto de Sentencia, se convocó al Tribunal Sexto de Sentencia para resolver dicha recusación; Tribunal al cual, el acusado ahora representado por el accionante, mediante memorial de 17 de abril de 2009, solicitó se señale día y hora de audiencia para considerar la cesación de detención preventiva; al no resolverse el mismo, reiteró su petitorio mediante memorial presentado el 20 del mismo mes y año para que al día siguiente presente la presente acción.