AUTO CONSTITUCIONAL 093/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 093/2011-RCA

Fecha: 10-Mar-2011

los hechos consignados en el escrito refieren a la actuación del Director del SEDUCA

Realizada la labor de lectura y análisis del contenido del escrito de la acción de amparo constitucional, se concluye que el mismo, no contiene el nexo de causalidad entre los hechos, los derechos que considera vulnerados y la causa de pedir; efectúa una relación fáctica que relata los antecedentes de su destitución como funcionaria de carrera; los recursos de impugnación que utilizó  como funcionaria de carrera administrativa y que se vulneran las normas previstas en el Estatuto del Funcionario Público; empero, los hechos consignados en el escrito refieren a la actuación del Director del SEDUCA, y por ende se alega la vulneración de los derechos por parte de esta autoridad por cuanto el Director Nacional del Servicio Civil, no emitió pronunciamiento alguno al respecto, mientras que en el petitorio, claramente solicita se ordene al referido Director, disponga su restitución en el cargo que ocupaba dentro de esa institución; esta situación implica una falta de concordancia y nexo de causalidad entre los hechos que motivan la acción, con la causa de pedir; en consecuencia, no identifica qué derechos lesionó el Director Nacional del Servicio Civil que ameriten un pronunciamiento de fondo por la jurisdicción constitucional; es decir, únicamente acciona contra la autoridad inferior, como es el Director del SEDUCA; y sin embargo, solicita se disponga su reincorporación en las funciones que ocupaba como funcionaria de carrera administrativa.

De ello se infiere que los requisitos de contenido en la demanda tutelar que nos ocupa, no se cumplieron a cabalidad al carecer de relación de causalidad entre los hechos acusados de ilegales, los derechos considerados vulnerados y el petitorio de la misma, situación que imposibilita a la jurisdicción constitucional pronunciar resolución de fondo y continuar con un procedimiento que culminará con resolución de rechazo por incumplimiento de un requisito de admisibilidad insubsanable.