AUTO CONSTITUCIONAL 101/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 101/2011-RCA

Fecha: 16-Mar-2011

Fragmento 9

         En el caso que se examina, consta en los antecedentes que el accionante considera que, al no haber permitido a su abogado hacer uso de la palabra en la audiencia de constitución de tribunal, para recusar a miembros de dicho tribunal, han sido vulnerados sus derechos y garantías constitucionales denunciados; no obstante, no consta en el expediente que previamente a la interposición de la presente acción hubiera hecho uso de algún medio o vía de reclamo ante la actitud “autoritaria” de la Presidenta del Tribunal, que le negó la posibilidad de participar en la celebración de la referida audiencia.