AUTO CONSTITUCIONAL 118/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 118/2011-RCA

Fecha: 18-Mar-2011

la rapidez como característica del principio de inmediatez se encuentra circunscrita al plazo de seis meses para su interposición

         Por ello se establece que la acción de amparo constitucional:“…es un mecanismo sencillo, rápido y efectivo para la protección de Derechos Fundamentales no tutelados por otros recursos específicos, en ese contexto, esencialmente la rapidez como característica del principio de inmediatez se encuentra circunscrita al plazo de seis meses para su interposición, criterio plasmado en el art. 129.II de la Constitución Política del Estado (CPE)” (SC 1039/2010-R de 23 de agosto) (las negrillas son nuestras).