AUTO CONSTITUCIONAL 126/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 126/2011-RCA

Fecha: 28-Mar-2011

apelación

En consecuencia, tomando en cuenta la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico precedente, al estar pendiente de resolución el recurso de apelación interpuesto por los accionantes, el cual fue concedido por la Jueza demandada en efecto devolutivo el 6 de marzo de 2010 y radicado a la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, corresponde la declaratoria de improcedencia in límine de la acción, en aplicación de la subregla 2.b, prevista en el AC 0214/2010-RCA, al haber activado de manera oportuna los accionantes un medio de defensa útil y procedente para la defensa de sus derechos, el cual al momento de la interposición y tramitación de la presente acción de amparo constitucional, se encuentra pendiente de resolución.