SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0198/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

se encontraba pendiente de resolución la suspensión condicional de la pena incoada el 25 de febrero del mismo año

La representada del accionante al adquirir conocimiento de esta situación, mediante memorial presentado el 2 de marzo de 2009, solicita se deje sin efecto este mandamiento, debido a que se encontraba pendiente de resolución la suspensión condicional de la pena incoada el 25 de febrero del mismo año, debido a que la pena impuesta no excede de tres años de duración y no cuenta con antecedentes penales en los últimos cinco años, haciendo notar además la omisión en la que se incurrió al no haberse remitido al juez de ejecución penal los antecedentes correspondientes a la emisión del mandamiento, tantas veces mencionado.

En consecuencia, se evidencia que el demandado, no tomó en cuenta que, siendo las solicitudes de dejar sin efecto el mandamiento de condena,  planteados en forma separada y reiterada, el 2 y el 9 de marzo de 2009, respectivamente; vale decir, impetradas de forma posterior a la solicitud de aplicación de la suspensión condicional de la pena, requerimientos realizados inclusive con anterioridad a la celebración de la audiencia de consideración de la suspensión condicional de la pena, audiencia señalada para el 10 de marzo de 2009, (misma que fue instalada y suspendida debido a una recusación), a la cual asistió la representada del accionante, de manera voluntaria, ya que se encontraba gozando de libertad irrestricta, ocasión en la que la parte querellante aprovechó para hacer efectivo el mandamiento en cuestión, esperando que salga del Juzgado para que los efectivos policiales que se encontraban en esa instalación procedan a aprehenderla, trasladándola en el acto al penal de Palmasola, aspecto que se tiene acreditado a través de la certificación emitida por la Dirección del Establecimiento Penitenciario sección Mujeres del Penal mencionado, en el que se indica que Martha Salazar Burgos, ingresó a ese Centro el 10 de marzo de 2009, con mandamiento de condena de tres años de reclusión.