Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0201/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
II.2.
II.2. Señaló también la accionante que el 14 de mayo de 2009 acudió ante el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, pidiendo control jurisdiccional de su aprehensión, instancia donde, el 16 del mismo mes y año, de manera verbal le indicaron que a ellos, no les correspondía ningún control (fs. 3 a 4). No consta en obrados ninguna actuación que acredite dicho extremo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad, el principio de informalismo
- III.2. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y las denuncias de aprehensión ilegal
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- III.3. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- POR TANTO