Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0244/2011-R
Fecha: 16-Mar-2011
II.3.
II.3. Por comunicación interna de 4 de mayo de 2009, el Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, comunicó a la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil, Marlene Alcónz Benavidez que debe suplir al Juez Primero de Instrucción en lo Penal los días 4 y 5 de ese mes y año (fs. 23). Por nota de 6 de mayo de 2009, el Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, amplió la suplencia legal del 6 al 8 de igual mes y año (fs. 24).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0008/2010-R
- III.2. Análisis del caso concreto
- al no haber hecho uso de dicho recurso han dejado precluir el mismo, y la acción de libertad no puede subsanar o corregir el descuido o negligencia de los accionantes
- APROBAR