Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0244/2011-R
Fecha: 16-Mar-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El acto lesivo que denuncian los accionantes, se refiere al hecho de que una vez imputados por el Ministerio Público, por el delito de robo agravado y remitido el proceso al Juez de garantías, éste fue sorteado al Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal; sin embargo, la audiencia de medidas cautelares incomprensiblemente fue llevada a cabo sin competencia por la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil, Marlene Alcónz Benavidez, que desencadeno con su detención preventiva, contrario a lo establecido por el art. 183 de la LOJabrg. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SC 0008/2010-R
- III.2. Análisis del caso concreto
- al no haber hecho uso de dicho recurso han dejado precluir el mismo, y la acción de libertad no puede subsanar o corregir el descuido o negligencia de los accionantes
- APROBAR