SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0269/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0269/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

la resolución que resuelve un incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa, de conformidad con el art. 314 del CPP, es susceptible de un medio de impugnación idóneo como es el recurso de apelación, ya sea incidental -si es formulado en la etapa preparatoria- o restringida en caso de presentarse en el juicio oral”.

Bajo dichos razonamientos, la citada Sentencia concluyó en lo siguiente “En ese contexto, la resolución que resuelve un incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa, de conformidad con el art. 314 del CPP, es susceptible de un medio de impugnación idóneo como es el recurso de apelación, ya sea incidental -si es formulado en la etapa preparatoria- o restringida en caso de presentarse en el juicio oral”.