Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0271/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Concierne a este Tribunal, verificar en revisión si corresponde otorgar o denegar la tutela a favor del representado del accionante, quien alega que a pesar de disponerse el alta médica de Zoilo Ronald Heredia Mendoza, se restringió su derecho fundamental a la libertad, por el sólo hecho de no cancelar el monto dinerario atinente a los servicios médicos prestados por el Hospital Municipal Universitario San Juan de Dios, cuyo director es el particular demandado en esta acción tutelar.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- procedencia”
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 6
- III.1. Procedencia de la acción de libertad, en razón a que nadie puede ser privado o restringido de su libertad por obligaciones patrimoniales
- el cumplimiento forzoso de las mismas podrá hacerse efectivo únicamente sobre el patrimonio del o de los sujetos responsables
- ordenar la tutela
- APROBAR