SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0275/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
a)
El accionante a través de su abogado, ratificó y amplió los términos de su demanda, señalando que: a) Como lo tiene anunciado en su demanda, presenta informe policial del que se puede advertir que una vez suscitados los hechos como una vía inmediata de defensa de sus intereses acudió a los funcionarios policiales que se encontraban custodiando las instalaciones del “Complejo Fabril”, colindante con su propiedad, y posteriormente, procedió al llamado vía telefónica de más efectivos policiales, quienes acudieron al lugar con la intención de resolver pacíficamente lo acontecido; y, b) Presenta también certificado domiciliario para acreditar que el accionante, su esposa y familia viven en el lugar de los hechos.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.1. En cuanto al alcance y requisitos de la tutela ante medidas de hecho
- SC 0148/2010-R de 17 de mayo
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR