AUTO CONSTITUCIONAL 134/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 134/2011-RCA

Fecha: 04-Abr-2011

en caso de intentarse un nuevo recurso, no podrá argüirse la causal de improcedencia por identidad de sujeto, objeto y causa; dado que el anterior recurso no fue admitido

Se deja constancia que en caso de intentarse un nuevo recurso, no podrá argüirse la causal de improcedencia por identidad de sujeto, objeto y causa; dado que el anterior recurso no fue admitido, por ende, no se ingresó al fondo de la causa, única circunstancia que hace aplicable dicha casual de inactivación” (las negrillas son nuestras).