AUTO CONSTITUCIONAL 166/2011-RCA
Fecha: 29-Abr-2011
es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
Asimismo no se llega a establecer en el presente caso el nexo de causalidad de los supuestos derechos lesionados con el acto que considera los vulneró, pues el accionante sólo señala que ambas Resoluciones dictadas por las autoridades demandadas fueron pronunciados fuera del plazo, de donde se colige que el accionante también pretende se declare la incompetencia de los demandados, argumentos que no son claros, por ende no se ha dado cumplimiento al requisito de contenido previsto en el art. 97.IV de la LTC, al respecto, este Tribunal a través de su amplia jurisprudencia ha reiterado que: "El elemento normativo, es decir, a los derechos o garantías que con esos hechos hubieren sido lesionados por esos hechos, que deben ser precisados por el recurrente; sin embargo, como en los hechos debe acreditarse el derecho vulnerado, es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía. De ahí que el cumplimiento de esta exigencia no se reduce a enumerar artículos, sino a explicarse desde el punto de vista causal, cómo esos hechos han lesionado el derecho en cuestión." (SC 0365/2005-R de 13 de abril) (las negrillas son nuestras). En ese sentido al haberse establecido el incumplimiento de uno de los requisitos de contenido, que es insubsanable, ya no es preciso referirse al cumplimiento de los requisitos de forma establecidos en el mismo artículo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- rechazó in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Análisis previo a la admisibilidad del recurso de amparo constitucional
- I.-
- 1)
- es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- APROBAR