Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 166/2011-RCA
Fecha: 29-Abr-2011
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima como vulnerados sus derechos a la dignidad, a la seguridad jurídica, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la legalidad, a la libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio boliviano, que incluye la salida e ingreso del país que resulten irreparables, citando al efecto el art. 23.I y III, 115.I y II, 116.I y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- rechazó in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Análisis previo a la admisibilidad del recurso de amparo constitucional
- I.-
- 1)
- es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- APROBAR