Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 166/2011-RCA
Fecha: 29-Abr-2011
rechazó in límine
La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 317/2010 de 15 de octubre, cursante de fs. 93 a 94, rechazó in límine la acción de amparo constitucional, argumentando que no se dio cumplimiento a los requisitos de contenido señalados en el art. 97.IV y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- rechazó in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Análisis previo a la admisibilidad del recurso de amparo constitucional
- I.-
- 1)
- es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- APROBAR