Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0369/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
Fragmento 4
Al encontrarse indebidamente procesado, el accionante solicita se conceda la acción de amparo y se declare la nulidad de la Resolución 209/2008 de 24 de octubre, disponiendo que las autoridades accionadas admitan la apelación incidental interpuesta por Hugo Fernández Sánchez, y en pleno apego legal a la SC “101/2004” y su AC complementario “079/2004”, los Vocales de la Sala Penal Segunda dicten auto de vista declarando procedente la apelación incidental presentada contra la Resolución 113/2007, dictada por la Jueza Cuarta cautelar, revocando la Resolución apelada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.2. Sobre la interpretación del art. 403 del CPP
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR