SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0369/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0369/2011-R

Fecha: 07-Abr-2011

III.3. Análisis del caso concreto

           Efectivamente se comprueba que la mencionada Resolución 209/2008, emitida por los Vocales demandados, claramente establece que la apelación incidental solamente procede contra una resolución que declare la extinción de la acción penal, y no así cuando esta resolución rechace la solicitud de la extinción de la acción penal, fundamento que vulnera el derecho al debido proceso y a la igualdad del representado del accionante, y contraviniendo lo establecido por el Tribunal Constitucional, respecto a la interpretación del art. 403 del CPP, desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2, por lo que las autoridades demandadas debieron hacer un análisis sobre el fondo de lo solicitado y no rechazar bajo tales argumentos lo impetrado por la parte accionante.