SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0393/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
a)
Oscar Ojopi Zabala, identificándose como Rector del INCOS - BENI, por medio de su abogado prestó informe en audiencia expresando: a) El ahora demandado fue designado de manera legal y constitucional; sin embargo, existe una ampliación de una imputación en su contra en el Juzgado Primero de Instrucción en lo Penal, y en la misma no fue sometido a medida cautelar alguna, ya que el fallo del Juez de la causa ha señalado que no existe indicio sobre la autoría de los delitos imputados; el Ministerio de Educación el año 2007, conjuntamente los Servicios Departamentales de Educación (SEDUCA), convocaron a una especie de institucionalización para los cargos importantes dentro de los cuales se encuentra INCOS - Beni; hubieron problemas en Santa Cruz, el entonces Ministro de Educación y Cultura y el Viceministro de Ciencia y Tecnología demandaron a la Prefectura de ese
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- b)
- “denegó”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- En cuanto a la subsidiariedad
- En cuanto a la inmediatez en la interposición de la acción tutelar
- III.2. Marco jurisprudencial respecto a la legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1 de agosto de 2008
- APROBAR