SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0466/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0466/2011-R

Fecha: 18-Abr-2011

concedió parcialmente

Concluida la audiencia, la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 126/09 de 19 de mayo de 2009, cursante de fs. 120 a 125 vta., por la que concedió parcialmente la tutela solicitada, dejando sin efecto las Resoluciones 96/08 de 9 de mayo y la de 5 de diciembre de 2008, debiendo la autoridad demandada en el plazo de tres días a partir de su notificación, emitir nueva resolución, definiendo la situación del accionante, en el marco de las disposiciones legales, bajo los siguientes fundamentos: 1) La suspensión de funciones del fiscal de materia, es facultad del Fiscal General de la República por disposición expresa del art. 101 de la LOMP, más no se extiende a la suspensión de manera indefinida y menos privarle de su emolumento, en ese mismo sentido, señalan los arts. 154 inc. 1) y 155 incs. 1) y 3) del Reglamento Interno del Ministerio Público; 2) El Auto 55/2008 pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Chuquisaca e invocado como jurisprudencia en la Resolución 96/2008 misma fecha, no puede ser tomado como vinculante ni servir de base para determinar una retención de haberes que carece de sustento legal; 3) Por más de un año se privó al accionante de su derecho a percibir un salario digno y al trabajo; y, 4) Corresponde aplicar lo señalado por el art. 155 inc. 3) del citado Reglamento, al momento de definir la situación del accionante, en concordancia con la Constitución Política del Estado y sus lineamientos respecto a derechos y garantías fundamentales.