SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0466/2011-R
Fecha: 18-Abr-2011
II.4.
II.4. Por escrito presentado el 3 de diciembre de 2008 ante el Fiscal General de la República, Líder Justiniano Velasco, en aplicación del principio de legalidad, pidió dejar sin efecto parcialmente la Resolución 96/2008 misma fecha, solicitando que subsista la suspensión pero sea con goce de haberes, alegando que constituye un exceso la retención indefinida de haberes, dado que el proceso penal puede durar hasta cinco años y los arts. 154, 155 y 156 del Reglamento Interno del Ministerio Público no le otorgan al fiscal General atribuciones para ello; pidiendo nuevamente copias legalizadas de la Resolución 96/2008 de 9 de mayo, (fs.20 a 21); mediante Resolución de 5 de diciembre de 2008, la máxima autoridad fiscal indico que la suspensión del impetrante es por el tiempo que dure el proceso penal y la retención de sus haberes por tiempo determinado, hasta que la sentencia dictada en el caso adquiera ejecutoria, por lo tanto, al observar que ninguno de los argumentos expuestos se relaciona con los fundamentos de la Resolución 96/2008, hace inviable su reconsideración, (fs. 22 a 23), notificándose a la parte interesada el 15 de diciembre de 2008 a horas 10:00 (fs. 24).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la suspensión de funciones y de haberes de los fiscales de materia cuando existe acusación presentada en su contra
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido “parcialmente”
- REVOCAR EN PARTE