SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0501/2011-R
Fecha: 25-Abr-2011
II.4.
II.4. La Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, por Auto de Vista 029/2007 de 16 de noviembre, como Tribunal de apelación restringida, resuelve declarar improcedente los recursos interpuestos por Arturo Ruíz Ortiz y Ronald Selum Villavicencio y procedente en parte el recurso interpuesto por el apoderado legal de la víctima y querellante, P.E.M.P,. “…al ser suficiente la prueba aportada para generar convicción sobre la responsabilidad de los imputados en el hecho que se juzga, dicta Sentencia condenatoria de los acusados Ronald Selum Villavicencio y Carlos Humberto Añez Campos (…), declarándolos culpables de la comisión del delito de violación agravada, previsto y sancionado por el art. 308 en correspondencia con el art. 310 num. 5 del Código Penal, condenándolos a la pena privativa de libertad de 10 años, incluida la agravante…” (fs. 50 a 57 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- .
- III.1.1. Del
- III.1.2. Del Derecho a la igualdad
- III.1.3.
- I.
- solamente el recurso deducido por el co-imputado Carlos Humberto Añez Campos explica en términos precisos y claros la contradicción existente entre la resolución impugnada y la posición adoptada por los Autos de Vista y el Auto Supremo invocados como precedente