Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 179/2011-RCA
Fecha: 24-May-2011
Fragmento 1
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Mario Velez Daza por sí y en representación de Jaime Quiroga Adriazola, German Vargas Terrazas, Augusto Rojas Rivas, Elvio Rogelio Cadena Larrea, Neisa Añez de Cadena, Cristóbal Espinoza Luna, Ximena Marcela Salazar Castillo, Roxana del Carmen Sologuren Vda. de Rosales, Julio Salvatierra Zubieta, Zacarías Edgar Bautista Dávila, Consuelo Martha Arnez de Bautista y Remberto López Valle contra Luís Revilla Herrero, Alcalde y Gabriela Niño de Guzmán, Presidenta del Concejo, ambos del municipio de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- 1)
- improcedente in límine
- II.1.
- II.2.
- requisitos formales
- II.3.
- Fragmento 10
- Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- II.4. Análisis del caso enviado en revisión
- no definió o delimitó con precisión, el petitorio del amparo que solicita
- APROBAR