AUTO CONSTITUCIONAL 179/2011-RCA
Fecha: 24-May-2011
II.4. Análisis del caso enviado en revisión
En la presente acción de amparo constitucional si bien la parte accionante señala en su demanda no haber tenido conocimiento de las Resoluciones Municipales que considera lesionaron sus derechos y los de sus representados; no obstante, revisada la documental adjunta no es posible determinar tal aspecto. Consecuentemente, se procede al análisis del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y en el presente caso se verifica que, a pesar de la extensión de la demanda, la redacción de la misma es imprecisa, lo cual conlleva también a la falta de claridad de los supuestos derechos vulnerados, pues debe especificarse porque se consideran lesionados cada uno de los derechos; asimismo, el petitorio de la demanda es ambiguo y confuso, incumpliendo el requisito relativo a "fijar con precisión el amparo que se solicita", puesto que por una parte, el accionante pide la restitución del ejercicio pleno de su derecho y el de sus representados a la propiedad privada, se declare la nulidad de algunos artículos que derogan distintas Resoluciones Municipales que aprueban los planos de planimetrías históricas del ex Playón de Irpavi, se disponga la restitución e incorporación de los lotes de su propiedad dentro de los alcances de las OM 281/2008 y 639/2008; sin embargo, a su vez solicita disponer que la Alcaldía Municipal de La Paz, inicie proceso de expropiación de los catorce lotes referidos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- 1)
- improcedente in límine
- II.1.
- II.2.
- requisitos formales
- II.3.
- Fragmento 10
- Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- II.4. Análisis del caso enviado en revisión
- no definió o delimitó con precisión, el petitorio del amparo que solicita
- APROBAR