AUTO CONSTITUCIONAL 179/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 179/2011-RCA

Fecha: 24-May-2011

no definió o delimitó con precisión, el petitorio del amparo que solicita

En consecuencia, queda claro que el accionante, al margen de la ambigüedad de los hechos y los derechos supuestamente lesionados, no definió o delimitó con precisión, el petitorio del amparo que solicita (petitum), siendo que “...el objeto de un proceso, de mayor exigencia en el proceso constitucional se encuentra definido por las declaraciones que, en concreto, se solicitan a la administración de justicia (petitum), el que no debe ser contradictorio ni confuso... (SC 0954/2005-R de 16 de agosto), puesto que tanto el juez o tribunal de garantías, así como este Tribunal están vinculados al mismo en el sentido de estar obligados a otorgar únicamente aquello que se pidió.