SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0571/2011-R
Fecha: 03-May-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
En el mes de febrero de 2009, cuando se encontraba de viaje la ciudad de Cochabamba a la localidad de Mizque en un medio de transporte público, esta movilidad fue detenida por los efectivos de sustancias controladas, que luego de revisar la parte baja del motorizado subieron donde se encontraban los pasajeros y la detuvieron sindicándole que uno de esos equipajes le pertenecía y como no conocía a nadie se abstuvo de declarar, para posteriormente ser imputada formalmente por el delito de narcotráfico ante el Juez cautelar de la localidad de Araní, que sin fundamento legal, dispuso su detención preventiva mediante Auto, que carecía de la debida fundamentación.
A los tres meses de la imputación el representante del Ministerio Público presentó acusación ante el Tribunal de Sentencia de Aiquile, al que la accionante solicitó la cesación de la detención preventiva que fue denegada, determinación recurrida de alzada y resuelta por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior, y en audiencia expuso la falta de fundamentación del Auto que dispuso su detención preventiva que fue acogida por los Vocales de la Sala, determinándose en dicha audiencia su nulidad, posteriormente al momento de ser notificada con el acta de audiencia, el Auto que resultó anulado fue el de 31 de julio de 2009, que corresponde al que resolvió la cesación de la detención preventiva, observando este aspecto en la vía de enmienda y complementación, solicitó la nulidad del Auto de 11 de febrero de 2009, que fue el que determinó su detención preventiva sin la debida fundamentación, petición que fue rechazada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- excepcionalmente, el recurso de hábeas corpus operará de manera subsidiaria...”
- frente a otros mecanismos ineficaces
- efectivos y oportunos de defensa
- II.
- IV.
- III.2. El caso analizado
- APROBAR