Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0571/2011-R
Fecha: 03-May-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, sostiene que las autoridades demandadas restringieron y lesionaron su derecho a la libertad física, ya que la Jueza de Instrucción en lo Penal dispuso su detención preventiva mediante el Auto de 11 de febrero de 2009, sin la debida fundamentación y los Vocales demandados en apelación anularon el Auto que rechazó, la cesación de la detención preventiva cuando el que correspondía era el que dispuso su detención preventiva. Corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- excepcionalmente, el recurso de hábeas corpus operará de manera subsidiaria...”
- frente a otros mecanismos ineficaces
- efectivos y oportunos de defensa
- II.
- IV.
- III.2. El caso analizado
- APROBAR