Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0571/2011-R
Fecha: 03-May-2011
II.3.
cautelar, previa fundamentación de las partes, fue resuelto mediante Auto de 13 de agosto de 2009, que anuló el Auto apelado de 31 de julio del mismo año y ordenó se fije nueva audiencia en sujeción estricta a la norma y jurisprudencia (fs. 36 a 38), del que solicitó la accionante enmienda y complementación, pedido que fue rechazado por Auto de 18 de septiembre de ese año (fs. 39 y 41).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- excepcionalmente, el recurso de hábeas corpus operará de manera subsidiaria...”
- frente a otros mecanismos ineficaces
- efectivos y oportunos de defensa
- II.
- IV.
- III.2. El caso analizado
- APROBAR