Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0576/2011-R
Fecha: 03-May-2011
Fragmento 3
Efectuada la audiencia pública el 23 de septiembre de 2009, según consta en el acta cursante de fs. 31 a 32 vta. de obrados, en presencia de la accionante y su representado, asistidos de su abogado defensor y el codemandado Javier Cordero Salcedo, Fiscal de Materia; ausente el demandado Simón Alarcón Vásquez, Juez de Instrucción en lo Penal de la localidad de Buena Vista del Distrito Judicial de Santa Cruz, quien presentó informe escrito, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Fragmento 13
- Segundo Supuesto: Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar, por ende, que afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR