SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0593/2011-R
Fecha: 03-May-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, alegan la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la libertad de locomoción e inviolabilidad de domicilio, arguyendo persecución indebida, toda vez que el Fiscal demandado hubiese emitido órdenes de citación contra vecinos que se encuentran en posesión de los terrenos ubicados en la urbanización Damar, más propiamente en “UV 144 A y UV 197”, desde hace más de dos años atrás, debido a que el 5 de octubre de 2009, procedieron a dar cumplimiento a una orden de desapoderamiento librada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, emergente de una acción de amparo constitucional presentada por Roger “Simons” Risco y Mirna Villarroel Lima de “Simons” contra Ronald Monasterio, Germán Alpire y María Teresa Melgar, procediendo con ayuda de la fuerza pública, desapoderamiento que solamente debieron realizar contra los demandados de la acción de amparo constitucional mencionada y no así contra todos los ocupantes. Por consiguiente, corresponde en revisión dilucidar si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- ,
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria;
- Primer supuesto:
- Fragmento 13
- III.2.Análisis del caso concreto
- APROBAR