SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0609/2011-R

Fecha: 03-May-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2009, cursante a fs. 2 vta. de obrados, el accionante, cumpliendo el mandato de su representado, infiere que el 2 de noviembre de 2009, en su domicilio real, ubicado en calle Ocho 22, de la zona Villa Tejada, a horas 18:30 cuando se aprestaba a guardar su vehículo en su garaje particular, se le apareció una vagoneta de color azul y de manera imprudente colisionó con la parte delantera de su vehículo marca Volvo, con placa de circulación CXR 620, causando daños materiales, luego de colisionar de manera directa, llamó a la Policía y les señalaron que se presenten a la Unidad Operativa de Tránsito; en la misma, después de presentar la licencia de conducir, se procedió con la reconstrucción del hecho de tránsito en una maqueta y no se le aplicó la prueba de alcoholemia.

Refiere también, que por disposición del investigador asignado al caso, se presentó al día siguiente a horas 9:00 ante las oficinas de Tránsito, donde le señalaron que debía dirigirse ante el Fiscal adscrito al Organismo de Tránsito, siendo así, que conjuntamente sus familiares que eran sus testigos se presentó ante dicha autoridad, que de manera agresiva se dirigió a sus familiares y en vos alta les dijo: “quienes son ustedes y fuera y usted al calabozo” (sic), de esta manera la autoridad, ahora demandada, ordenó su detención, por lo que se encuentra detenido indebidamente desde el 3 de noviembre de 2009, en las celdas de la Unidad Operativa de Transito.