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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0611/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0611/2011-R

    Fecha: 03-May-2011

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    • acción de libertad
    • I.1.1
    • I.2.2. Informe de las autoridades y funcionario demandados
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Respecto a los defectos absolutos
    • Fragmento 12
    • III.2. El carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
    • frente a otros mecanismos ineficaces hace
    • efectivos y oportunos de defensa
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
    • Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
    • III.3. En el problema jurídico planteado
    • APROBAR

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