Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2011-R
Fecha: 03-May-2011
I.2.1. Ampliación de la acción
La accionante por intermedio de su abogada patrocinante ratificó los términos de su demanda, y ampliándola señaló que, el caso se trata de riñas y peleas que no merecían el conocimiento de la Fiscalía, que no existía requerimiento fundamentado para disponer su permanencia en “calidad de depósito” en la FELCC, y que al momento de firmar el memorial de acción de libertad aún permanecía detenida.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- Fragmento 3
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía
- III.2. Análisis del caso concreto
- actuación de policías y fiscales no vulnere normas constitucionales ni preceptos legales
- III.3. Uso de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- POR TANTO
- 2º