Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2011-R
Fecha: 03-May-2011
III.2. Análisis del caso concreto
Así, de los datos del caso en revisión se establece que la accionante, mediante esta acción tutelar denuncia en primera instancia que hubiere sido objeto de agresiones verbales; sin embargo, fue arrestada y mantenida en “calidad de depósito” en dependencias de la FELCC de la ciudad de El Alto, sin que en el Código de Procedimiento Penal exista la figura mencionada, y con la agravante que por el tipo penal que se le arrestó, no procede la detención preventiva.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- Fragmento 3
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía
- III.2. Análisis del caso concreto
- actuación de policías y fiscales no vulnere normas constitucionales ni preceptos legales
- III.3. Uso de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- POR TANTO
- 2º